Micelio

Artículo 29

Decreto 553 de 1925 · DECRETO 553 DE 1925, 04/04/1925, Por el cual se reglamenta el procedimiento administrativo en el denuncio de bienes ocultos del Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la denuncia se refiera a derecho o participación de utilidades del Gobierno en una empresa particular por virtud de un contrato pendiente, el Ministro se abstendrá de hacerla declaración, pero oficiará al Procurador General para que proceda a hacer efectivos los derechos o participación no entregados a la Nación en conformidad con el contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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