Decretada la caducidad de un contrato sobre bienes ocultos, se dispondrá sacar copia de lo conducente para pasarla al respectivo Agente del Ministerio Publico, o al empleado que designe el Gobierno, a fin de que ese funcionario promueva las acciones civiles o administrativas tendientes a reivindicar o hacer efectivos los derechos materia de la denuncia. Puede constituirse un apoderado especial cuando se trata de derechos oscuros o litigiosos que requieran particular diligencia, para que en nombre del estado demande la efectividad de aquellos.
Decreto 553 de 1925 →Vigente
Artículo 27
Decreto 553 de 1925 · DECRETO 553 DE 1925, 04/04/1925, Por el cual se reglamenta el procedimiento administrativo en el denuncio de bienes ocultos del Estado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.