Se abrirá un libro de registro que se denominará radicador de los asuntos o expedientes sobre denuncio de bienes ocultos en que se anotarán lo siguiente
Nombre del contratista, fecha de la aprobación del contrato por el Consejo de Estado y fecha en que haya notificando la providencia dictada por aquella, corporación;
Fecha de la notificación de la resolución del Ministerio sobre declaratoria de la naturaleza del bien materia del denuncio, con indicación de si se declaro bien oculto lo denunciado o se negó; Número, fecha y Notaria donde se otorgó la escritura de poder conferido para lograr el ingreso de los valores o derechos al patrimonio del estado; y Juzgado o tribunal en donde se haya radicado el juicio o juicios civiles consiguientes, y nombre del opositor u opositores de las acciones intentadas.