Micelio

Artículo 1

Decreto 1351 de 1995 · por el cual se conforma el Comité de Seguimiento para el Plan de Acción de los Departamentos de Risaralda, Quindío y Caldas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para los Departamentos de Risaralda, Quindío y Caldas estará conformado así

a)

El Gobernador de Risaralda, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

b)

El Gobernador del Quindío, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

c)

El Gobernador de Caldas, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

d)

El Alcalde de Pereira, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

e)

El Alcalde de Armenia, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

f)

El Alcalde de Manizales, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación;

g)

El Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Pereira, en representación del sector privado del departamento;

h)

El Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Armenia, en representación del sector privado del departamento;

i)

El Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Manizales, en representación del sector privado del departamento;

j)

El Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal;

k)

El Jefe de la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado;

l)

El Director del Consejo Regional de Planificación Económica y Social de Occidente-Corpes de Occidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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