Micelio

Artículo 5

Comité Directivo

Decreto 582 de 2013 · por el cual se adoptan medidas para poner en marcha el Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Comité Directivo . El Comité Directivo del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública -Fondetec- estará integrado por

1.

El Ministro de Defensa Nacional o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Comandante General de las Fuerzas Militares, o su delegado.

3.

El Comandante del Ejército Nacional de Colombia, o su delegado.

4.

El Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana, o su delegado.

5.

El Comandante de la Armada Nacional, o su delegado.

6.

El Director General de la Policía Nacional, o su delegado.

7.

Tres (3) representantes del Ministro de Defensa Nacional.

8.

El Director de Asuntos Legales del Ministerio de Defensa Nacional, o quien haga sus veces, tendrá a su cargo la Secretaría Técnica del Comité, y asistirá con voz pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 582 de 2013