Micelio

Artículo 21

Decreto 3803 de 1982 · Por el cual se revisan algunas normas en materia de procedimiento tributario y se dictan otras sobre control de evasión de impuestos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el contribuyente o responsable determine un saldo a su favor en la declaración tributaria, para efectos de devoluciones o compensaciones, deberá formular la respectiva solicitud dentro de los términos que indique el reglamento; la procedencia del saldo crédito se discutirá en la vía gubernativa. Contra la providencia respectiva procede el recurso de reposición el cual deberá interponerse dentro del mes siguiente a la notificación de la providencia objeto del recurso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3803 de 1982