Micelio

Artículo 1

Decreto 3803 de 1982 · Por el cual se revisan algunas normas en materia de procedimiento tributario y se dictan otras sobre control de evasión de impuestos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La declaración tributaria deberá contener

1.

El formulario debidamente diligenciado.

2.

Los certificados de retención en la fuente y las informaciones que la ley y los reglamentos señalen, para la identificación de ingresos, ventas, costos, deducciones, descuentos, créditos activos y pasivos, retenciones y demás factores necesarios para establecer el patrimonio líquido y la renta líquida de los contribuyentes, efectuar las confrontaciones con las declaraciones e informes de terceros y, en general, fijar correctamente las bases gravables y liquidar el impuesto correspondiente.

3.

Los certificados y pruebas para la comprobación de costos, deducciones, descuentos, pasivos, créditos y otros que la ley y los reglamentos señalen.

4.

En las condiciones y cuantías que determine el reglamento, la firma del Contador o Revisor Fiscal, cuando se trate de contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad.

5.

La liquidación privada de los respectivos impuestos.

6.

La dirección del contribuyente o responsable.

7.

En el caso del impuesto sobre las ventas, la prueba del pago del impuesto correspondiente a la respectiva declaración.

8.

La prueba del pago de la sanción por extemporaneidad, cuando ésta fuere procedente.

9.

La firma de quien cumpla el deber formal de declarar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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