Decreto 1151 de 1989 · DECRETO 1151 DE 1989, 02/06/1989, Por el cual se reglamenta el artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derecho De Defensa . En toda investigación de carácter disciplinario el investigado tendrá derecho
a)
A conocer el informe y las pruebas que se alleguen a la misma.
b)
A ser oído en descargos.
c)
A que se practiquen las pruebas que solicite, siempre que sean conducentes y pertinentes al esclarecimiento de los hechos y al ejercicio de las demás acciones necesarias para la defensa.
d)
A nombrar un apoderado.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.