Caducidad De La Acción Disciplinaria . La acción disciplinaria tendrá un término de caducidad cinco (5) años contados a partir del último acto constitutivo de la falta, dentro del cual deberá imponerse y ejecutoriarse la sanción. Para los cursos de ascenso que convoque la Escuela Penitenciaria Nacional, las sanciones impuestas por faltas graves a los funcionarios, tendrán un término de caducidad de tres (3) años.
Decreto 1151 de 1989 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1151 de 1989 · DECRETO 1151 DE 1989, 02/06/1989, Por el cual se reglamenta el artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.