Articulo 2°. Este Decreto rige desde su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Decreto 1127 de 1989 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1127 de 1989 · DECRETO 1127 DE 1989, 30/05/1989, Por el cual se aprueba el Acuerdo número 07 del 16 de febrero de 1989, expedido por el Consejo Superior del Colegio Mayor de Bolívar, sobre estructura orgánica de la Institución.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.