Micelio

Artículo 2

Decreto 3151 de 1947 · DECRETO 3151 DE 1947, 25/09/1947, Por el cual se organiza la Zona de Carreteras Nacionales de Barranquilla

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La dirección y administración de los trabajos y servicios a cargo de la Zona de Barranquilla estarán bajo el cuidado del siguiente personal, remunerado así: Un Ingeniero Jefe, con $ 550 mensuales; un Médico, con $ 440; un Almacenista, con $ 336; un Cajero-Contador, con $ 336, y un Jefe de Talleres, con $ 300.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3151 de 1947