Micelio

Artículo 7

O

Decreto 136 de 1991 · por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 7o . A partir del 1º de enero de 1991, el subsidio de alimentación mensual será de ocho mil cuatrocientos pesos ($8.400.00) moneda corriente, o proporcional al tiempo servido y se pagará exclusivamente a los funcionarios hasta el grado treinta y siete (37) de remuneración de conformidad con la escala señalada en el artículo 1º de este Decreto. No tendrán derecho al subsidio de alimentación los funcionarios a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto ni el personal que esté gozando de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 136 de 1991