Micelio

Artículo 44

Decreto 284 de 1973 · DECRETO 284 DE 1973, 26/02/1973, Por medio del cual se reajustan los impuestos de timbre nacional y papel sellado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio. Mientras se entrega el expendio de papel sellado de seis pesos ($6.00), deberá adherírsele una estampilla de timbre nacional por tres pesos ($3.00) que estén en circulación. Estas estampillas deberán ser anuladas por los funcionarios encargados de los expendios de especies venales o por los funcionarios oficiales que intervengan en la expedición, o que reciban documentos gravados con el impuesto de papel sellado. La adherencia de las estampillas de que trata este artículo podrá hacerse en los márgenes del papel sellado. Mientras se da en circulación el nuevo papel sellado para Servicio Exterior, continuará usándose el que se ha empleado hasta el presente. Derogatorias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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