Los funcionarios oficiales que de acuerdo con las normas previstas en este Decreto acepten el desconocimiento, actúen o den trámite a documentos escritos gravados con los impuestos de timbre y papel sellado sin que estos sean satisfechos en la forma y valor previstos se harán acreedores a una multa de $50.00 que será impuesta por el director general de Impuestos Nacionales o sus delegados.
Decreto 284 de 1973 →Vigente
Artículo 24
Decreto 284 de 1973 · DECRETO 284 DE 1973, 26/02/1973, Por medio del cual se reajustan los impuestos de timbre nacional y papel sellado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.