Micelio

Artículo 15

Decreto 284 de 1973 · DECRETO 284 DE 1973, 26/02/1973, Por medio del cual se reajustan los impuestos de timbre nacional y papel sellado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El papel sellado y las estampillas de timbre nacional no tienen término para su circulación y empleo, pero el Ministerio de Hacienda puede decretar, y poner en uso, nuevas ediciones. En este caso, fijará un plazo prudencial para cambiar las especies legítimas en circulación por las de nueva edición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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