Serán sancionadas con multas entre tres (3) y cincuenta y cinco (55) salarios mínimos mensuales vigentes, las empresas de transporte público municipal colectivo de pasajeros y mixto que incurran en cualquiera de las siguientes infracciones
Transportar pasajeros excediendo la capacidad de los automotores determinada en la tarjeta de operación respectiva, para el correspondiente nivel de servicio.
Despachar buses a los que corresponda el subsidio de transporte con los buses indicativos del transporte sin subsidio, de manera que cobren al público tarifas más altas a las autorizadas para el servicio subsidiado. CAPITULO 3º. De las sanciones a las empresas que prestan el servicio de transporte especial para estudiantes y asalariados.