Las sanciones para infractores serán las siguientes
a)
Multa.
b)
Suspensión de la Licencia de Funcionamiento.
c)
Cancelación de la Licencia de Funcionamiento.
Decreto 1066 de 1988 · DECRETO 1066 DE 1988, 01/06/1988, Por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Municipal Colectivo de Pasajeros y mixto, se reglamenta el Decreto 80 de 1987 y se delegan unas funciones al Distrito Especial de Bogotá y a los Municipios
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las sanciones para infractores serán las siguientes
Multa.
Suspensión de la Licencia de Funcionamiento.
Cancelación de la Licencia de Funcionamiento.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.