CODIFICACIÓN DE INSUMOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS. El artículo 91 de la Ley 1438 de 2011, quedará así: " Artículo 91. Codificación de insumos y dispositivos médicos. El Ministerio de Salud y Protección Social expedirá en un plazo máximo de seis (6) meses, la norma que permita la codificación de los insumas y dispositivos médicos a los cuales el INVIMA haya otorgado registro sanitario y los que en el futuro autorice, y cuyo uso y destino sea el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)".
Decreto 19 de 2012 →Vigente
Artículo 117
Codificación De Insumos Y Dispositivos Médicos
Decreto 19 de 2012 · DECRETO 19 DE 2012, 10/01/2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.