CARENCIA DE INFORMES POR TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES CON FINES MARÍTIMOS. La Dirección General Marítima -DIMAR-hará la verificación de carencia de informes por tráfico de estupefacientes relacionada con comportamientos referidos a delitos de tráfico de estupefacientes y conexos, lavado de activos, testaferrato y enriquecimiento ilícito, así como frente a procesos de extinción del derecho de dominio, cuando se lo soliciten las personas que adelanten los siguientes trámites ante esa entidad
Otorgamiento de licencias de personal marítimo;
Expedición de licencias de navegación;
Adquisición o matrícula de embarcación;
Uso y goce de bienes de uso público propiedad de la Nación;
Otorgamiento de rutas y servicios de transporte marítimo;
Propiedad, explotación u operación de tanques en tierra ubicados en zonas francas comerciales. Tratándose de personas jurídicas, la verificación de carencia de informes por tráfico de estupefacientes abarcará a los representantes legales, miembros de la junta directiva y socios con una participación igualo superior al veinte por ciento (20%) del capital suscrito. La verificación de carencia de informes por tráfico de estupefacientes no podrá solicitarse por entidades, organismos o dependencias de carácter público o por quien lo haga sin un fin específico.