Micelio

Artículo 25

Decreto 2732 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 15 de la ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones en materia cinematográfica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para gozar de la exención de los impuestos nacionales que gravan los espectáculos públicos, a que se refiere el artículo 7º numeral 1 de la Ley 12 de 1932, el artículo 5º de la Ley 9º de 1942, 9º de la Ley 30 de 1971 y sus decretos reglamentarios, los exhibidores de producciones cinematográficas de cortometrajes deberán presentar, ante los organismos o entidades receptoras de dichos impuestos, el paz y salvo vigente expedido por la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, por concepto del pago de la totalidad del gravamen a que se refiere el artículo 15 de la Ley 55 de 1985, y del porcentaje previsto en el

Parágrafo

del artículo 1º de este Decreto, si fuere el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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