Micelio

Artículo 5

Decreto 2732 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 15 de la ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones en materia cinematográfica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las salas de exhibición cinematográfica deberán trasladar a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, dentro del mes siguiente a su recaudo, la totalidad del gravamen establecido en el artículo 15 de la Ley 55 de 1985. Para tal efecto, deberán acompañar al comprobante de pago las planillas a que se refiere el artículo 24 del presente Decreto. CAPITULO II. DEL FONDO DE FOMENTO CINEMATOGRAFICO.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2732 de 1985