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Artículo 1

Decreto 870 de 1989 · DECRETO 870 DE 1989, 26/04/1989, Por el cual se reglamenta la Ordenación del Gasto del honorable Congreso de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De conformidad con lo preceptuado por el artículo 91 de la Ley 38 de 1989, las Mesas Directivas del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, ordenarán el gasto, por separado, con cargo a sus respectivos presupuestos, a través del Presidente del Senado o de la Cámara, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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