Micelio

Artículo 7

Decreto 2728 de 1968 · DECRETO 2728 DE 1968, 02/11/1968, Por el cual se modifica el régimen de prestaciones sociales por retiro o fallecimiento del personal de soldados y grumetes de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Soldado o Grumete que sea desacuartelado con derecho a pensión o indemnización continuará dado de alta en la respectiva Contraloría por tres meses (3) a partir de la fecha en que se cause la novedad para la información del expediente de prestaciones durante los cuales devengará el sueldo básico correspondiente a un Cabo Segundo o Marinero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2728 de 1968