ARTICULO 5o. El artículo 4º del Decreto 120 de 1991 quedará así: Artículo 4º. A partir del primero (1º) de enero de 1991 el subsidio de alimentación de los funcionarios del Departamento Nacional de Planeación que devenguen asignaciones básicas no superiores a ciento cincuenta y siete mil pesos ($157.000.00) moneda corriente, será de $5.350.00 mensuales o proporcionales al tiempo de servicio, pagaderos por el mencionado departamento. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.
Decreto 150 de 1991 →Vigente
Artículo 5
O.
Decreto 150 de 1991 · por el cual se dictan normas en materia salarial para los funcionarios del Ministerio de Relación Exterior y del Departamento Nacional de Planeación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.