Los miembros del Comité de Vigilancia además de las incompatibilidades a inhabilidades : consagradas en los estatutos, tendrán las siguientes
Ser pariente entre si dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil;
Ser cónyuge compañero (ra) permanente entre si;
Ser empleado público;
Ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, cónyuge, compañero (ra) permanente de los miembros del Consejo Directivo del Gerente; del Secretario, del Tesorero o del Fiscal de la asociación, y
Ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, cónyuge, .compañero (ra) permanente de los funcionarios de la Dirección Nacional del Derecho de Autor.