Micelio

Artículo 52

Decreto 3116 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los consejos directivos de las asociaciones de las asociaciones elaboraran el presupuesto y remitirán copia del mismo a la Dirección Nacional del Derecho de Autor, el que deberácontener entre otros, la relación de ingresos y egresos de la asociación, proyecto que será presentado a la asamblea el último trimestre del año anterior al de su ejecución para su correspondiente aprobación. A partir de los cinco años de la vigencia de la Ley 23 de 1980, se tendrá en cuenta lo consagrado en el inciso 2 del artículo 225 de la citada ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3116 de 1984