Micelio

Artículo 27

Decreto 3116 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos del numeral tercero del artículo 192 de la Ley 23 de 1982, el interesado deberá presentar a la Dirección Nacional del Derecho de Autor una solicitud indicando

a)

Fecha de la solicitud;

b)

Nombre, apellido; documento de identificación, domicilio del solicitante, informando si actúa a nombre propio o de otra persona natural o jurídica, caso en el cual deberá adjuntar el documento debidamente autenticado, que lo acredite como apoderado;

c)

Identificación de las partes contratantes;

d)

Naturaleza jurídica, objeto, valor, duración y fecha de la firma del respectivo contrato

e)

Titulo de la obra, y

f)

Fotocopia del contrato debidamente autenticada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3116 de 1984