Micelio

Artículo 2

Campo De Aplicación

Decreto 1016 de 1991 · por el cual se establece la Prima Técnica para los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los Consejeros de Estado y los Magistrado del Tribunal Disciplinario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Campo de aplicación. Tienen derecho a la Prima Técnica los funcionarios a que se refiere el artículo anterior, que hayan sido elegidos en propiedad y que por reunir las calidades y requisitos exigidos para el desempeño del cargo, han obtenido la confirmación de su designación. En consecuencia, no se requerirá para este efecto el cumplimiento del procedimiento indicado en el

Parágrafo

del artículo 1o. del Decreto 37 de 1989, ni se sujetará a los límites previstos en el artículo 3º del mismo Decreto. La Prima Técnica a que se refiere este Decreto, no se tendrá en cuenta para la determinación de la remuneración de otros funcionarios de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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