º Apruébase la reforma del artículo 19 de los Estatutos del Instituto de Fomento Industrial, IFI, adoptados por su Junta Directiva, como consta en el Acta número 1693 del 14 de mayo de 1991, cuyo texto quedara así: "El instituto estará sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 1157 de 1940. El Revisor Fiscal del Instituto será designado por el Gobierno Nacional a través del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 45 de 1990"
Decreto 2201 de 1991 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2201 de 1991 · por el cual se aprueba la reforma del artículo 19 de los estatutos del Instituto de Fomento Industrial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.