°. A partir del 1° de enero de 2003, fíjase la siguiente escala de asignación básica mensual para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales: ESCALA SALARIAL Grado Asignación Básica 01 504,196 02 534,911 03 565,612 04 596,668 05 627,375 06 646,521 07 673,676 08 705,931 09 763,564 10 784,351 11 831,122 12 884,577 13 927,707 14 981,250 15 1,035,082 16 1,071,504 17 1,134,168 18 1,183,253 19 1,273,007 20 1,358,059 21 1,430,532 22 1,500,687 23 1,594,769 24 1,695,944 25 1,777,913 26 1,868,983 27 1,973,345 28 2,088,421 29 2,197,277 30 2,308,929 31 2,441,834 32 2,532,159 33 2,708,332 34 2,894,989 35 3,109,268 36 3,321,079 37 3,539,061 38 3,753,712 39 3,965,297 40 4,493,840 41 4,948,573 42 5,128,722
Decreto 3551 de 2003 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3551 de 2003 · Por el cual se fija la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.