° Las informaciones que se suministren a las autoridades con el propósito de obtener armas, municiones y explosivos o autorización para adquirir o usar vehículos blindados se considerarán rendidas bajo la gravedad del juramento, circunstancia sobre la cual se deberá advertir al particular al solicitarle la información respectiva.
Decreto 6 de 1993 →Vigente
Artículo 5
Decreto 6 de 1993 · por el cual se expiden normas de control sobre el porte de armas, municiones y explosivos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.