Micelio

Artículo 6

Consejo Directivo

Decreto 4170 de 2011 · por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Consejo Directivo . La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- tendrá un Consejo Directivo integrado por

1.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

3.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.

4.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado.

5.

El Ministro de Transporte o su delegado.

6.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado.

7.

Un representante del Presidente de la República. El Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública asistirá con voz pero sin voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4170 de 2011