Micelio

Artículo 12

Oficina De Gestión Regional

Decreto 4155 de 2011 · por el cual se transforma la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) en Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, perteneciente al Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, y se fija su objetivo y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Gestión Regional. Son funciones de la Oficina de Gestión Regional, las siguientes

1.

Apoyar las labores de diseño, formulación, identificación y adopción de planes, y actividades del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, relacionados con la operación en el territorio, su coordinación y articulación.

2.

Monitorear y velar por el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones Regionales.

3.

Promover junto con la Oficina Asesora de Planeación, Monitoreo y Evaluación la participación de las Direcciones Regionales en los procesos de planeación, operación, seguimiento y monitoreo de las intervenciones del Departamento Administrativo y el Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación en las regiones, bajo los lineamiento del Comité Ejecutivo para la Prosperidad Social.

4.

Coordinar con otras dependencias del Departamento y entidades adscritas y vinculadas, las actuaciones que sean necesarias para realizar una intervención territorial integral y articulada, que genere mayor impacto sobre la población beneficiaria del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

5.

Articular con el Departamento Nacional de Planeación, el Sistema de Fortalecimiento Institucional de actores territoriales con el fin de generar capacidades en los departamentos y municipios para optimizar la ejecución de planes y programas relacionados con el objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

6.

Informar y orientar a las Direcciones Regionales sobre las políticas definidas por el Director del Departamento Administrativo para el cumplimiento del objeto del Departamento y del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación en el territorio.

7.

Gestionar los requerimientos que en materia de apoyo para la operación, soliciten las Direcciones Regionales.

8.

Gestionar requerimientos para el fortalecimiento de competencias en las Direcciones Regionales, a través del desarrollo de habilidades gerenciales y asistencia técnica.

9.

Diseñar, organizar y desarrollar los Comités Regionales de Evaluación de Gestión y acompañar las actividades de mejora planteadas para la gestión territorial.

10.

Apoyar a la Dirección del Departamento Administrativo en el diseño y formulación de políticas de articulación interinstitucional con actores del nivel territorial públicos y privados para fortalecer la ejecución de intervenciones sobre la población beneficiaria del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

11.

Identificar, contactar, analizar, canalizar y fortalecer la generación de alianzas con organizaciones de distinta naturaleza, para la ejecución de acciones dirigidas a atender la población beneficiaria del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

12.

Promover el fortalecimiento de los Consejos de Política Social Departamental y Municipal.

13.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión en la Dependencia.

14.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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