Micelio

Artículo 8

Funciones Del Comité Ejecutivo De Prosperidad Social

Decreto 4155 de 2011 · por el cual se transforma la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) en Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, perteneciente al Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, y se fija su objetivo y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Comité Ejecutivo de Prosperidad Social. Son funciones del Comité Ejecutivo de Prosperidad Social las siguientes

1.

Proponer el diseño de los planes estratégicos sectoriales, anuales y plurianuales del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

2.

Proponer, discutir y adoptar estrategias en materia de coordinación con entidades públicas y privadas para ejecutar los planes, programas y proyectos a cargo del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, en especial para la superación de la pobreza, la reconciliación, la recuperación de territorios, la atención y reparación a víctimas, la atención a grupos vulnerables y la reintegración social y económica.

3.

Definir e integrar las necesidades de recursos del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y presentarlas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y al Departamento Nacional de Planeación.

4.

Proponer y monitorear los mecanismos de operación articulada del Sector a nivel territorial.

5.

Coordinar que las medidas necesarias para el diseño y la ejecución de los programas y los proyectos transversales al objeto de cada una de las entidades del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

6.

Proponer los mecanismos de focalización de los planes, programas, estrategias y proyectos del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

7.

Definir, hacer seguimiento y evaluar el Sistema de Gestión Integral del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación en coordinación con las dependencias competentes.

8.

Definir y aprobar los lineamientos, esquemas de servicios y/o acuerdos de servicios compartidos.

9.

Definir y aprobar los esquemas de los Sistemas de Atención al Ciudadano del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

10.

Darse su propio reglamento.

11.

Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, en especial aquellas que busquen garantizar la alineación y armonización de objetivos y tareas entre las diferentes entidades adscritas y vinculadas. CAPÍTULO III Estructura y funciones de las Dependencias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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