Régimen de Transición. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) continuará ejerciendo las funciones escindidas hasta que entre en operación la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC), lo cual deberá ocurrir dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto. El Director de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC) deberá adelantar de manera inmediata las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas en el presente decreto que entrará a regir dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto.
Decreto 4150 de 2011 →Vigente
Artículo 29
Régimen De Transición
Decreto 4150 de 2011 · por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.