Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes
Asistir al Director Administrativo y Financiero en la definición de las políticas, y estrategias relacionadas con la gestión de los recursos financieros de la Entidad.
Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo, las actividades relacionadas con la planeación, programación y ejecución del presupuesto de la Entidad.
Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto.
Ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos relacionados con la gestión financiera de la Entidad.
Controlar la ejecución del presupuesto asignado a la Entidad, y del programa anual mensualizado de caja, e informar de su resultado al Director Administrativo y Financiero para la toma de decisiones.
Efectuar la correcta, veraz y oportuna contabilización de las operaciones financieras.
Garantizar la oportuna rendición de informes fiscales, presupuestales, contables y de Tesorería, y patrimoniales y cuentas fiscales, de conformidad con las normas que rigen la materia.
Efectuar los pagos de las obligaciones de la entidad de conformidad con las normas legales vigentes.
Realizar el seguimiento y control a la ejecución financiera de los proyectos, recursos y servicios prestados en forma directa, a través de convenios de asociación entre entidades públicas, de la tercerización de servicios o de alianzas público-privadas, de acuerdo con las normas que rigen la materia.
Elaborar los estados financieros y presentarlos al Director para aprobación del Consejo Directivo y presentarlos a la Contaduría General de la Nación y demás autoridades de seguimiento y control, de conformidad con las normas legales vigentes. 11 .Administrar y mantener en custodia los valores, documentos, y demás instrumentos negociables, y garantías que haya recibido bajo su responsabilidad de acuerdo con las normas establecidas. 12. Apoyar la implementación y sostenibilidad del Sistema de Gestión Institucional y sus componentes. 13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 14. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.