Solicitud de Calificaciones . Las entidades que requieran las calificaciones o autorizaciones señaladas en el artículo anterior, deberán presentar su solicitud ante la secretaría del Comité de Entidades sin Animo de Lucro, anexando los siguientes documentos según la naturaleza de la solicitud: Solicitud conjunta sobre la procedencia de los egresos y exención del beneficio neto, y de autorización de plazos adicionales y asignaciones permanentes
Petición correspondiente del representante legal con indicación de la dirección para notificaciones.
Certificado de existencia y representación legal de la entidad solicitante, expedido con una antelación no mayor de 4 meses.
Balance general y estado de pérdidas y ganancias del año gravable objeto de la calificación, debidamente certificados por contador público o revisor fiscal, según el caso.
Descripción de las inversiones y programas desarrollados, con indicación de la cuantía y naturaleza de los egresos cuya procedencia se solicita.
Copia del acta de la asamblea general u órgano directivo que haga sus veces, en la cual conste la aprobación de la destinación del beneficio neto a las actividades señaladas dentro del año siguiente al de su obtención, o de la aprobación de programas que requieren plazos adicionales a un año, así como de las constituciones de asignaciones permanentes, según el caso.
Relación de las actividades ejecutadas con los excedentes calificados como exentos en años anteriores y que debían ejecutarse en dicho año. Este requisito será exigible a partir del año gravable de 1989.
Copia autenticada de la declaración de renta o de ingresos y patrimonio, según el caso, del año inmediatamente anterior a aquél por el cual se efectúa la solicitud.
Certificación suscrita por el contador público o revisor fiscal sobre el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para obtener la calificación o autorización. Solicitud para la exención del impuesto sobre las ventas o del impuesto a las importaciones del 18%. a) Petición correspondiente del representante legal con indicación de la dirección para notificaciones; b) Certificado de existencia y representación legal de la entidad solicitante, expedido con una antelación no mayor de 4 meses; c) Copia del registro de importación que ampare los bienes o equipos donados desde el exterior; d) Certificación de donación de la persona donante extranjera, visada por el Cónsul de Colombia de la ciudad del país de origen; e) Descripción de los programas o actividades a los cuales se van a destinar los bienes y equipos donados; f) Copia de la declaración del pago del impuesto de timbre por concepto de la solicitud de exención de impuestos. g) Certificación suscrita por el contador público o revisor fiscal sobre el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para obtener la exención.