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Artículo 18

Funciones De La Subdirección De Reducción Del Riesgo

Decreto 4147 de 2011 · por el cual se crea la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, se establece su objeto y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Reducción del Riesgo . Son funciones de la Subdirección de Reducción del Riesgo, las siguientes

1.

Diseñar, promover y apoyar la implementación, continuidad, efectividad y mejora del proceso de reducción del riesgo en el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres -SNPAD, y su articulación con los procesos de planificación del desarrollo.

2.

Coordinar la articulación de las acciones orientadas a la reducción del riesgo de desastres definidas en el marco del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres - SNPAD, con las políticas y acciones de gestión ambiental, ordenamiento territorial, planificación del desarrollo y adaptación al cambio climático.

3.

Generar insumos para la promoción de políticas que fortalezcan el proceso de reducción del riesgo de desastres en los niveles nacional y territorial.

4.

Coordinar las instancias interinstitucionales de orden nacional del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres -SNPAD, en lo que a reducción del riesgo de desastres se refiere y ejercer su Secretaría Técnica.

5.

Coordinar la formulación y efectuar el seguimiento y la evaluación del componente de reducción del riesgo de desastres del Plan Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

6.

Promover a nivel nacional y territorial, la intervención correctiva y prospectiva del riesgo, y la protección financiera frente a desastres, así como coordinar el diseño de guías y el uso de lineamientos y estándares para este proceso.

7.

Apoyar a las entidades nacionales y territoriales del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres -SNPAD en la gestión de recursos para la financiación de proyectos de reducción del riesgo de desastres.

8.

Formular e implementar los proyectos de reducción del riesgo de desastres a cargo de la Unidad.

9.

Asesorar y brindar asistencia técnica a departamentos y municipios en la formulación de proyectos para la reducción del riesgo de desastres.

10.

Apoyar el desarrollo de políticas de regulación técnica que contribuyan a la reducción del riesgo de desastres.

11.

Promover y generar insumos para la incorporación de acciones de reducción del riesgo en los diferentes instrumentos de planificación del desarrollo, el ordenamiento territorial, la gestión ambiental y los proyectos de inversión en los ámbitos sectorial y territorial, integrando las directrices del Gobierno Nacional de adaptación y mitigación ante el cambio climático.

12.

Identificar y formular proyectos estratégicos para el país en materia de reducción del riesgo de desastres que promuevan la participación de los distintos niveles de gobierno, los sectores del país y la comunidad.

13.

Participar en las Comisiones y Comités del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres -SNPAD, de conformidad con las competencias de la Subdirección.

14.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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