Micelio

Artículo 9

Patrimonio Y Recursos De La Unidad

Decreto 4147 de 2011 · por el cual se crea la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, se establece su objeto y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Patrimonio y recursos de la Unidad . El patrimonio de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, estará constituido por

1.

Las transferencias y aportes que reciba del presupuesto general de la Nación.

2.

Los bienes, derechos y recursos que la Nación y las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, de cualquier orden, le transfieran a cualquier título.

3.

Los recursos provenientes de convenios a nivel nacional e internacional, públicos o privados.

4.

Las participaciones en tasas o impuestos que sean autorizados por normas específicas.

5.

Los rendimientos de las operaciones, negocios jurídicos e inversiones que realice y demás beneficios que se generen por las operaciones autorizadas.

6.

Los bienes muebles e inmuebles que como persona jurídica haya adquirido o adquiera a cualquier título.

7.

Los bienes y dineros que reciba a cualquier título. CAPÍTULO II Estructura de la unidad

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4147 de 2011