º. Durante los días a que se refiere el artículo 3º del presente Decreto, quedan suspendidos los salvoconductos para portar armas en todo el territorio del Departamento de Bolívar y en la Intendencia de San Andrés y Providencia, sin perjuicio de las autorizaciones especiales que para ese período otorguen los Comandantes de B rigada. Las infracciones a lo dispuesto en el presente artículo se sencionarán de acuerdo con l o establecido en el Código Penal Militar.
Decreto 1738 de 1981 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 1738 de 1981 · Por el cual se dictan normas con motivo de las elecciones a realizarse el 19 de julio del año en curso por la Circunscripción Electoral de Bolívar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.