º Por el Ministerio de Hacienda y Tesoro, o por quien el designe, se harán los contratos de venta o de arrendamiento de que habla el artículo 11 del Decreto número 598, sin necesidad de licitación pública pero mediante el avalúo judicial de los bienes referidos.
Decreto 43 de 1909 →Vigente
Artículo 1
Por El Ministerio De Hacienda Y Tesoro, O Por Quien El Designe, Se Harán Los Contratos De Venta O De Arrendamiento De Que Habla El Artículo 11 Del Decreto Número 598, Sin Necesidad De Licitación Pública Pero Mediante El Avalúo Judicial De Los Bienes Referidos
Decreto 43 de 1909 · Por el cual se reforma el parágrafo del artículo 11 del Decreto número 598 de este año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.