Micelio

Artículo 1

Modificación Del Parágrafo 2° Del Artículo 1

Decreto 1066 de 2025 · por el cual se modifica el parágrafo 2° del artículo 1.6.1.2.5. del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con la información del Registro Único Tributario (RUT) que puede ser compartida para el ejercicio de funciones públicas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del

Parágrafo 2

del artículo 1.6.1.2.5. del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria . Modifíquese el

Parágrafo 2

del artículo 1.6.1.2.5. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, el cual quedará así: “

Parágrafo 2

La información del Registro Único Tributario (RUT) que puede ser compartida para el ejercicio de funciones públicas de acuerdo con el artículo 63 del Decreto Ley 019 de 2012, comprende, entre otros, la identificación (NIT, nombres, apellidos, razón social), la ubicación (correo electrónico, teléfono, dirección, municipio, departamento, país), la clasificación (Actividad Económica, Códigos CIIU), las responsabilidades salvo la del impuesto al patrimonio, previo el cumplimiento de las formas, condiciones, reserva y requisitos para el suministro, manejo, uso y salvaguarda de la información”.

Parágrafo 2

) Artículo 1.6.1.2.5. DECRETO 1625 de 2016

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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