Micelio

Artículo 54

Si La Petición De Acuse De Pago No Se Hace En El Momento De La Emisión Del Giro, El Remitente Podrá Hacerla Posteriormente, Pero Dentro Del Plazo De Un Año, A Partir Del Día Siguiente Al De La Expedición Y Previo Pago De Un Derecho De $0

Decreto 1092 de 1933 · Por el cual se reglamenta el servicio de giros postales del interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si la petición de acuse de pago no se hace en el momento de la emisión del giro, el remitente podrá hacerla posteriormente, pero dentro del plazo de un año, a partir del día siguiente al de la expedición y previo pago de un derecho de $0.16 en estampillas postales. Tales peticiones se transmitirán a las oficinas pagadoras exclusivamente por el correo y por medio de una nota a la cual se adherirán las estampillas del derecho. CAPITULO VII Endosos de giros .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1092 de 1933