PROCEDIMIENTO. Para efectos de la reposición, cancelación o reivindicación de los bonos de garantía general y específica emitidos por las Corporaciones Financieras, se aplicará lo dispuesto en los artículos 802 y siguientes del Código de Comercio cuanto los títulos se expidan a la orden. En el evento de ser nominativos se adelantará, para los efectos previstos en esta norma, el procedimiento establecido en el artículo 402 del Código de Comercio.
Decreto 2041 de 1987 →Vigente
Artículo 24
Procedimiento
Decreto 2041 de 1987 · por el cual se dictan disposiciones sobre Corporaciones Financieras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.