Micelio

Artículo 16

Vigencia Y Derogatoria

Decreto 142 de 2023 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional para promover el acceso al sistema de Compras Públicas de las Mipymes, las Cooperativas y demás entidades de la economía solidaria, se incorporan criterios sociales y ambientales en los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, se incluye el Título de emprendimiento comunal y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica los artículos 2.2.1.1.1.3.1., 2.2.1.1.1.4.1.; 2.2.1.1.2.2.2.; 2.2.1.2.1.5.1.; encabezado que contiene los artículos 2.2.1.2.1.2.7. a 2.2.1.2.1.2.10. de la Subsección 2 de la Sección 1 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015; así como los artículos 2.2.1.2.1.2.7.; 2.2.1.2.1.2.8.; 2.2.1.2.1.2.10.; el inciso segundo del artículo 2.2.1.2.1.2.26.; y el artículo 2.2.1.2.1.5.4. del Decreto número 1082 de 2015. Así mismo, adiciona el artículo 2.2.1.1.1.6.8. a la Subsección 6 de la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 de ese mismo Decreto; el artículo 2.2.1.2.4.2.19 a la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2; el artículo 2.2.1.2.1.5.6. a la Subsección 5 de la Sección 1 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, y la adición del Título 15 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, comprendido por los artículos 2.2.15.1.1., 2.2.15.1.2. y 2.2.15.1.3.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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