Micelio

Artículo 7

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del Día Primero De Enero De Mil Novecientos Setenta Y Tres (1973), Para Los Empleados Que En Esa Fecha Se Encontraban Prestando Sus Servicios En El Ministerio De Justicia Y Sean Designados Para Desempeñar Empleos Correspondientes A La Planta De Personal De Que Trata Este Decreto

Decreto 93 de 1973 · Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del día primero de enero de mil novecientos setenta y tres (1973), para los empleados que en esa fecha se encontraban prestando sus servicios en el Ministerio de Justicia y sean designados para desempeñar empleos correspondientes a la planta de personal de que trata este Decreto. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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