Mecanismo. El Ministerio de Minas y Energía, o la entidad que este designe, podrá expedir las medidas, lineamientos y condiciones para modificar el mecanismo de otorgamiento de derechos para la ejecución de proyectos de Hidrógeno Blanco y otros gases o sustancias asociadas, en el país. Parágrafo. De modificarse el mecanismo de otorgamiento de derechos para la ejecución de proyectos de Evaluación, Exploración y Explotación de Hidrógeno Blanco y otros gases o sustancias asociadas. para el caso de los Desarrolladores que ostenten derechos bajo el mecanismo de autorización administrativa, los mismos continuarán la ejecución de sus autorizaciones en los términos y condiciones establecidos en los respectivos actos administrativos; esto, sin perjuicio de las reglas de transición que en materia técnica el Ministerio de Minas y Energía defina en aras de propender por la protección del ambiente, así como la calidad y seguridad de las operaciones.
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