Comité de Contratación y Presupuesto . El Comité de Contratación y Presupuesto estará integrado por el Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá, el Director de Impuestos Nacionales o su delegado, el Subdirector General o su delegado y el Jefe de la Oficina de Administración, quien actuará como Secretario, con voz pero sin voto. El Comité será el encargado de estudiar y conceptuar sobre los contratos de acuerdo con las cuantías que determinen las normas de contratación administrativa de la Dirección de Impuestos Nacionales; autorizar el nombramiento de funcionarios supernumerarios o provisionales; rendir concepto previo sobre la distribución de recursos presupuestales de que trata el artículo 95 de este Decreto y aprobar la reglamentación del régimen de contratación.
Decreto 1643 de 1991 →Vigente
Artículo 15
Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.