Micelio

Artículo 92

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

TERMINO DE VIGENCIA DEL COMPROMISO DE PAGO. El Compromiso de Pago podrá celebrarse hasta por un término de doce (12) meses, prorrogable por una sola vez hasta por un período igual. La prórroga tendrá lugar cuando se den los siguientes requisitos: 1º Que sea a solicitud escrita, presentada personalmente por parte interesada, antes del vencimiento del compromiso de pago. 2º Que el deudor se encuentre cumpliendo el compromiso. 3º Que el saldo de la deuda a la fecha de la solicitud de prórroga sea superior a diez (10) salarios mínimos y, 4º Que la empresa presente garantía prendaria, hipotecaria, póliza de seguros o aval bancario mediante el cual se asegure, a juicio del ISS, el cumplimiento del compromiso de pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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