Micelio

Artículo 19

La Gran Cruz Podrá Concederse A Los Ministros Del Despacho Ejecutivo, A Los Cardenales, Al Comandante General De Las Fuerzas Armadas Y Otros Funcionarios Públicos Nacionales, Cuya Clase Y Categoría Equivalgan A Las Ya Citadas, Y También A Los Grandes Sabios Que Hayan Dado Fama Y Lustre A Colombia

Decreto 1589 de 1954 · Por el cual se crea la condecoración Orden Militar "Trece de Junio"

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Gran Cruz podrá concederse a los Ministros del Despacho Ejecutivo, a los Cardenales, al Comandante General de las Fuerzas Armadas y otros funcionarios públicos nacionales, cuya clase y categoría equivalgan a las ya citadas, y también a los grandes sabios que hayan dado fama y lustre a Colombia. La Placa de Gran Oficial, podrá concederse a los Arzobispos, Tenientes Generales, Mayores Generales, Brigadieres Generales, Almirantes y otros personajes de categoría equivalente. En la categoría de Comendador, podrá concederse a los Obispos, a los Coroneles y Tenientes Coroneles, a los Capitanes de Navío y de Fragata, lo mismo que a los demás funcionarios públicos de categoría equivalente; también a los autores de obras científicas y literarias muy notables, a juicio del Consejo de la Orden, a los Sacerdotes eminentes por su ilustración amor a la Patria y virtudes sobresalientes. En la categoría de Oficial, podrá concederse a los Mayores y Capitanes, a los Capitanes de Corbeta y Tenientes de Navío y a los pabellones de guerra de las Unidades, así como a personalidades nacionales, que se hayan distinguido por sus servicios a Colombia. En la categoría de Caballero, podrá concederse a los Tenientes, Subtenientes y Alféreces, Tenientes de Fragata y de Corbeta y Guardiamarinas, por sus virtudes militares o por servicios notables a la Patria. En la categoría de Compañero, podrá concederse a los Cadetes de las Escuelas de formación militares a los Suboficiales y soldados por sus virtudes militares o por servicios notables a la Patria.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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